CÁPSULA 6: CONTROL DE CONVENCIONALIDAD: PLAZO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA
Cápsula 6:
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD:
Plazo de la prisión preventiva
¿Es inconvencional la validación de plazos de detención cautelar sin límite alguno?
PUEBLOS INDÍGENAS EN SALITRE: LAS MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS A COSTA RICA POR LA CIDH
Pueblos indígenas en Salitre: las medidas cautelares solicitadas a Costa Rica por la CIDH
Nicolas Boeglin (*)
El 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a Costa Rica medidas cautelares en favor de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre. Una llamada de atención que viene a recordar una deuda histórica del Estado costarricense con relación a los derechos de las comunidades indígenas y la desprotección a la que son sometidos los indígenas en sus propios territorios.
¿ESTÁ BIEN OTORGADO EL CONTRATO CON APM TERMINALS COMO LO DICE EL GOBIERNO?
¿ESTÁ BIEN OTORGADO EL CONTRATO CON APM TERMINALS COMO LO DICE EL GOBIERNO?
En días recientes, he iniciado un análisis legal y constitucional del contrato a APM TERMINALS CENTRAL AMERICA B.V. derivado la Licitación Pública Internacional N°2009LI-000001-00200 para la “Concesión de Obra Pública con Servicio Público para el Financiamiento, Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de la Terminal de Contenedores en Puerto Moín”.
¿COMO EXPLICAR UNA DENEGACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA PRIMERA A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD?
¿COMO EXPLICAR UNA DENEGACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA PRIMERA A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD?
Me ha sido difícil explicar a una persona con discapacidad, usuaria de silla de ruedas, que luego de haber sufrido una discriminación en un cajero automático del Banco Nacional, al no ser accesible a personas usuarias de silla de ruedas; luego de ganar un Recurso de Amparo contra el Banco por dicho motivo, y luego de ganar en primera instancia, una demanda contenciosa de ejecución del amparo, donde le concedieran una suma de 850.000 colones por concepto del daño moral sufrido en dicha ocasión; finalmente la Sala Primera desconociera todo, y declinara en otorgar cualquier indemnización por daño moral.
ARGENTINA ANUNCIA QUE DEMANDARÁ NUEVAMENTE A URUGUAY ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ)
Argentina anuncia que demandará nuevamente a Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)
Nicolás Boeglin
Profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR)
El pasado viernes 13 de junio, Argentina indicó oficialmente a las autoridades de Uruguay que recurrirá nuevamente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Ello debido a la decisión uruguaya unilateral de aumentar el volumen de producción de la planta de celulosa de capital finlandés UPM (antiguamente Botnia) ubicada en la orilla del río Uruguay, río fronterizo entre ambos Estados del Sur de América Latina. Como bien se sabe, el principio 2 de la Declaración de Rio de Janeiro de 1992 (que recoge la misma regla enunciada como principio 21 en la Declaración de Estocolmo adoptada 20 años atrás en 1972) establece de manera tajante que: “De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los límites de la jurisdicción nacional”. Un proyecto industrial con posibles impactos ambientales transfronterizos situado en el margen de un río fronterizo es precisamente el tema que ha agitado las aguas entre Argentina y Uruguay en años pasados: ahora amenaza con una nueva tormenta legal.
LAS COMUNIDADES GARÍFUNAS ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: UNA BREVE PERSPECTIVA
LAS COMUNIDADES GARÍFUNAS ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: UNA BREVE PERSPECTIVA
Nicolas Boeglin
Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
Durante esta semana que concluyó, se celebraron las audiencias ante los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al caso que opone a la comunidad garífuna del Triunfo de la Cruz al Estado de Honduras: se trata de uno de los varios casos que oponen la comunidad garífuna al Estado hondureño desde varios años (Nota 1). Un estudio sobre la cultura garífuna isleña de Honduras ya advertía hace unos años que: “/…/ debo decir que, las organizaciones garífunas hondureñas, no reciben impuestos, no sustituyen al Estado, ni a las municipalidades del país; únicamente luchan por una sociedad incluyente, participativa, justa, libre de racismo y con igualdad de oportunidades para todas y todas. El Estado hondureño, está llamado a corregir las inequidades históricamente producidas, dado que las comunidades deben ser y son sujetas de las decisiones y de los cambios” (Nota 2).