DERECHO AL HONOR: CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIA ORDENA A MUJER PUBLICAR EN SU FACEBOOK RECTIFICACIÓN Y DISCULPA
Referencia: Expediente T-5226202
Acción de tutela instaurada por Keillin Julieth Pérez Silva contra Yuri Guisell Chamorro Morales.
Magistrado Ponente:
LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ.
Bogotá D.C., treinta y uno (31) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA JURISPRUDENCIA DE LA SALA TERCERA QUE ESTIMA QUE EL NOTARIO PÚBLICO ES UN FUNCIONARIO PÚBLICO
VOTO No. 2017-008043 del 26 de mayo
"Se declara parcialmente inconstitucional la jurisprudencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia que estima que el notario público es un funcionario público. Se mantiene la constitucionalidad de la línea jurisprudencial cuando se aplique a notarios públicos a quienes se les paga un salario en una entidad pública por desempeñar esa labor en calidad de funcionario público. Esta declaratoria de inconstitucionalidad tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la pauta jurisprudencial impugnada, sin perjuicio de aquellas relaciones o situaciones jurídicas consolidadas por prescripción, caducidad, sentencia con autoridad de cosa juzgada material o la consumación de hechos material o técnicamente irreversibles y derechos adquiridos de buena fe. De conformidad con el artículo 92 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en los casos de las personas que estén descontando una pena privativa de libertad por sentencia firme, la que se agravó con base en la jurisprudencia de la Sala Tercera que se declara inconstitucional en esta sentencia, se les debe reducir su pena y en el supuesto de haberla cumplido por esta reducción, se ordena ponerlos en libertad, salvo que la ejecución de otra sentencia condenatoria firme o medida cautelar de prisión preventiva vigente lo impida. Hágase de conocimiento este pronunciamiento del Instituto Nacional de Criminología y de los jueces de ejecución de la pena para que procedan de conformidad. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese al Procurador General de la República y a todas las partes. Comuníquese a la Presidencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. El Magistrado Castillo Víquez y la Magistrada Garro Vargas ponen notas separadas. Los Magistrados Cruz Castro y Rueda Leal salvan el voto y declaran sin lugar el recurso.
CIRCULAR NO. 227-2016
CIRCULAR No. 227-2016
Asunto: Difusión de las observaciones del Comité de Derechos Humanos sobre el Sexto informe presentado por Costa Rica en relación con el Pacto Derechos Civiles y Políticos.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y COMISIONES DEL PODER JUDICIAL
SE LES HACE SABER QUE:
PRINCIPIO DE CONTINUIDAD DE LA DEFENSA Y PRISIÓN PREVENTIVA: ES RESPONSABILIDAD DEL TRIBUNAL Y NO DE LA DEFENSA VELAR POR LOS PLAZOS DE PRISIÓN PREVENTIVA RAZONABLES. EL CAMBIO DE DEFENSOR PÚBLICO SÓLO PROCEDE DE FORMA EXCEPCIONAL
Exp: 16-015345-0007-CO
Res. Nº 2016016727
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del once de noviembre de dos mil dieciseis .
Recurso de hábeas corpus, que se tramita en expediente No. 16- -15345- 0007-CO, interpuesto por CMS, LSS y MAR, a favor de G A G C y M A C, contra la DEFENSA PÚBLICA DE SAN JOSÉ.
Resultando:
GESTIÓN PRESENTADA POR EL SEÑOR ALEX SOLÍS FALLAS Y OTROS CIUDADANOS CON EL OBJETO DE QUE ESTE TRIBUNAL LES AUTORICE LA RECOLECCIÓN DE FIRMAS PARA SOMETER A REFERÉNDUM –POR INICIATIVA CIUDADANA– EL PROYECTO DE LEY PARA CONVOCAR A UNA ASAMBLEA CONSTITUYENT
N.º 6187-E9-2016.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas con cuarenta minutos del trece de setiembre de dos mil dieciséis.
Gestión presentada por el señor Alex Solís Fallas y otros ciudadanos con el objeto de que este Tribunal les autorice la recolección de firmas para someter a referéndum –por iniciativa ciudadana– el proyecto de ley para convocar a una Asamblea Constituyente que se sirven adjuntar.
RESULTANDO
DEBIDO PROCESO: CASO JOSÉ LEÓN SÁNCHEZ
Exp: 97-005113-007-CO-M
Res: 05347-98
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas nueve minutos del veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y ocho.
Consulta Judicial de Constitucionalidad formulada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, con base en el recurso de revisión interpuesto por José León Sánchez Alvarado, contra la sentencia dictada por la Sala Segunda Penal de la Corte Suprema de Justicia, de las dieciséis horas quince minutos del veintiuno de octubre de mil novecientos cincuenta y cinco, que modificó en su parte considerativa y dispositiva la sentencia de primera instancia pronunciada por el Juzgado Penal de Cartago a las catorce horas del quince de julio de mil novecientos cincuenta y cinco.
RESULTANDO: