LA HISTORIA JUDICIAL FRACASADA CONTRA LAS PANDILLAS
El pasado 24 de agosto la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró a la pandilla Mara Salvatrucha (MS13) y a su antagónica Barrio 18 como grupos terroristas.
La asignación se produjo luego de que el historial delictivo de ambas organizaciones empata con los delitos tipificados en la "Ley Especial Contra Actos Terroristas" promulgada en 2006. Su calidad de grupos terroristas permitirá al Estado atacar de manera más eficaz y con mejores herramientas a estas pandillas que en agosto pasado causaron parte de los 907 asesinatos cometidos en el país, una cifra histórica registrada por la policía.
ARGENTINA CUMPLIÓ CON SENTENCIA DEL CASO MOHAMED
ARGENTINA CUMPLIÓ CON SENTENCIA DEL CASO MOHAMED
(tomado de la página oficial de la CIDH)
San José, Costa Rica, 4 de diciembre de 2015.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Resolución el 13 de noviembre de 2015 en la cual decidió dar por concluido y archivar el Caso Mohamed en contra de la República Argentina. Mediante dicha Resolución, la Corte resolvió que Argentina dio cumplimiento a las medidas de reparación ordenadas en la Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas emitida el 23 de noviembre de 2012.
EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y LOS INTERDICTOS AMBIENTALES
EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y LOS INTERDICTOS AMBIENTALES
Mario Peña Chacón[1]
Los procesos sumarios interdictales están referidos a cuestiones de posesión de bienes inmuebles, en el fondo se debate la posesión actual y momentánea, y por ende, se excluyen todas aquellas pretensiones sobre propiedad o posesión definitiva. Interesa quien se encuentra en posesión, sin importar la buena o mala fe de la misma, o bien su condición de propietario o no.
SALA SEGUNDA OBLIGA A EMPRESA A PAGARLE MÁS DE ¢4 MILLONES A MUJER POR DESPIDO TRAS DENUNCIA DE ACOSO
La Sala Segunda obligó a una empresa de transporte a pagar daños y perjuicios a una trabajadora despedida para evadir un acoso sexual denunciado por la mujer contra un afiliado de la compañía.
FRANCIA EN GUERRA: BREVES APUNTES DESDE LA PERSPECTIVA DEL DERECHO INTERNACIONAL
Francia en guerra: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional
Nicolás Boeglin (*)
Hace una semana (el pasado 16 de noviembre), las máximas autoridades francesas declararon que Francia se encuentra en guerra (ver texto del discurso de su Presidente ante ambas Cámaras del Poder Legislativo reunidas en “Congreso”): en su alocución, se lee, entre otras cosas, que: “Francia está en guerra. Los actos cometidos viernes por la noche en París y cerca del Stade de France, son actos de guerra. Han causado la muerte de al menos 129 personas y numerosos heridos. Constituyen una agresión contra nuestro país, contra sus valores, contra su juventud, contra su modo de vida” (Traducción libre al español de "La France est en guerre. Les actes commis vendredi soir à Paris et près du Stade de France, sont des actes de guerre. Ils ont fait au moins 129 morts et de nombreux blessés. Ils constituent une agression contre notre pays, contre ses valeurs, contre sa jeunesse, contre son mode de vie").
AGRESIONES TOCAN A UNA DE TRES MUJERES EN COLOMBIA Y AMÉRICA LATINA
Como una marca indeleble las mujeres arrastran las cadenas de la violencia de género. Y lo hacen no solo en Colombia, donde por años y años ellas, madres, esposas e hijas han padecido el horror de la guerra. Sucede en todo el mundo, con diferentes motivos, pero siempre el mismo fin: el maltrato a la mujer.