NOTARIOS DEBEN IDENTIFICAR CUIDADOSAMENTE INTERVINIENTES EN UN ACTO

Reiterar la obligación que tienen los notarios de lograr la identificación plena, sin lugar a dudas y por todos los medios posibles,  de las personas que se constituyen en intervinientes en los contratos o actos que autoricen y que de cometer una falta el mismo Código Notarial señala las sanciones disciplinarias, civiles y penales que pueden imponerse, fue lo que estableció la Sala Primera en su resolución 0001381-F-S1-2011.

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