ADICIÓN AL CÓDIGO PENAL ARTÍCULO 112

Creado en Miércoles, 25 Mayo 2022

ADICIÓN AL CÓDIGO PENAL ARTÍCULO 112

LA GACETA 95 del 24 de mayo de 2022

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

ADICIÓN DE UN INCISO 11) AL ARTÍCULO 112 DE LA LEY 4573, CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970

ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona un inciso 11) al artículo 112 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970. El texto es el siguiente:

Artículo 112- Homicidio calificado Se impondrá prisión de veinte a treinta y cinco años, a quien dé muerte: (…)

11) A una persona por motivos de odio a causa de su pertenencia a un grupo etario, racial, étnico, religioso, de su nacionalidad, opinión política, situación migratoria, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad o características genéticas.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil veintidós.

2016. Derecho al día.